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VFR3 Espacios aéreosEspacio aéreo:Es una porción de la atmósfera terrestre, tanto sobre tierra como sobre agua, regulada por un país en particular. Este concepto surge de la necesidad de especificar las restricciones, servicios y características de las diferentes partes «de cielo» ante la generalización de los movimientos aéreos.En España, el espacio aéreo ATS en el que se facilita servicio de tránsito aéreo se clasifica en espacio aéreo controlado y espacio aéreo no controlado. El espacio aéreo controlado comprende las .áreas de control, aerovías y zonas de control y, en función del tipo de vuelo y los servicios de tránsito aéreo facilitados, se clasifica en clase A, B, C, D y E. El espacio aéreo no controlado comprende el resto del espacio aéreo ATS y, en función del tipo de vuelo y los servicios de tránsito aéreo facilitados, se clasifica en clase F y G. Las dimensiones de cada espacio aéreo estarán definidas por sus correspondientes límites verticales y horizontales. Cuando las partes del espacio aéreo se yuxtapongan verticalmente, es decir, una encima de la otra, los vuelos a un nivel común cumplirán los requisitos correspondientes a la clase de espacio aéreo menos restrictiva y se le prestarán los servicios aplicables a dicha clase. Al aplicarse estos criterios se considerará que el espacio aéreo de clase B es menos restrictivo que el clase A, el clase C es menos restrictivo que el B, etc. Cuando una parte del espacio aéreo ATS esté situada dentro de otra, en parte o en su totalidad, los vuelos en dicho espacio cumplirán los requisitos correspondientes a la clase de espacio aéreo más restrictiva y se les prestarán los servicios aplicables a dicha clase excepto sectores y pasillos VFR. Clasificación del espacio Aéreo para vuelos ded la CAO.
Clases de espacio aéreo CLASE A.-Espacio aéreo controlado
Tras lo anterior, vamos a ver el significado de los diferentes conceptos y servicios ATS especificados en las diferentes tablas: Servicio de Control de Tránsito Aéreo (ATC),, es cuando el controlador de tráfico aéreo proporciona a la aeronave instrucciones específicas de navegación con el fin de prevenir colisiones entre aeronaves o con el terreno y asegurar un movimiento del tránsito aéreo fluido. Las herramientas usadas por el ATC para este fin pueden ser la asignación de procedimientos normalizados, procedimientos de aproximación, guía vectorial, etc. Con estos fines, se proporcionará separación tanto vertical como horizontal con el terreno y tránsito circundante. Servicio de información en vuelo (FIS), es la información que recibe el tráfico dentro de un área determinada sobre otras aeronaves cercanas a su posición ó que puedan afectarle. Igualmente, puede recibir información meteorológica y operacional. Esta información no posee el carácter de instrucción como en el servicio de control. Servicio de asesoramiento, un intermedio entre el ATC y FIS, generalmente usado como transición entre ambos servicios, en el que el encargado de la posición sugiere maniobras al piloto de la aeronave, también sin carácter de instrucción. Separación, establecimiento de distancia horizontal, vertical o ambas entre dos o más aeronaves con el fin de generar suficiente espacio entre ambas para garantizar una operación segura. Puede ser proporcionada entre aeronaves volando bajo IFR e IFR, IFR-VFR, y VFR-VFR. Información de tráfico, transmisión en la que se notifica la existencia de una aeronave que puede afectar a nuestra operación o navegación. La información de tráfico no proporciona separación. Dependiendo del espacio aéreo, es el piloto al mando quien ha de crearla, basándose en el contacto visual con el tránsito que le afecta, que habrá localizado gracias a la asistencia de los ATS. Obligatoriedad de disponer de equipo de comunicación, generalmente VHF, según nuestras reglas de vuelo y clase del espacio aéreo donde volemos. Autorización para ingresar en el espacio aéreo, especifica si es necesario que la aeronave solicite autorización para entrar en el espacio aéreo en cuestión, teniendo en cuenta sus reglas de vuelo, o si se trata de una capa de libre circulación. Procedimientos VFR. Como hemos visto hasta ahora, ya sabemos que la navegación bajo reglas de vuelo visual la podemos realizar por cualquier clase de espacio aéreo, excepto por clase A, que es exclusivo para IFR. También se ha visto, que para entrar en espacios aéreos controlados (clases B, C y D) bajo reglas VFR, teniendo en cuenta tanto los límites laterales como verticales de los mismos, se necesita autorización ATC. |
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